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Centro de Diseño Tecnológico Industrial

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OFERENTE AUTORIZADO PARA OFRECER EL CURSO 50 Y 20 HORAS | |
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RESOLUCION 4927 DE 2016 SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA RCO-0051 |
Instructivos para inscripción bolsas corporativas SG-SST



CODIGO 1869790





RECORDAR –
RESOLUCION 4927 DE 2016
Artículo 2. Participantes. Como fomento de la cultura de la seguridad social, los procesos de capacitación de que trata el artículo anterior están dirigidos a la ciudadanía en general y en especial a:
1. Los responsables de la ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de cada empresa o institución.
2. Los trabajadores dependientes e independientes, incluidos los contratistas y subcontratistas de prestación de servicios.
3. Los empleadores y contratantes de personal a cualquier titulo.
4. Los miembros de organizaciones sindicales de cualquier clase o grado.
5. Los integrantes de los Comités Locales, Seccionales y Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6. Los miembros de las Comisiones Sectoriales de Seguridad y Salud en el trabajo.
7. Los integrantes de los Comités Paritarios de Seguridad y salud en el Trabajo.
8. Los integrantes de los Comités de Convivencia Laboral.
9. Los integrantes de las brigadas de emergencia y cuerpos de bomberos.
10. Los estudiantes afiliados al sistema de riesgos laborales.
11. Los asesores y profesionales en Seguridad y Salud en el Trabajo.
12. El personal no uniformado de la Policía Nacional y el personal civil de las Fuerzas Militares.
13. Los miembros activos del subsistema nacional de primera respuesta.
14. Los integrantes, asesores y personal del Comité Andino de Autoridades en Seguridad Social y Seguridad y Salud en el Trabajo.
15. Los funcionarios del Ministerio del Trabajo, en particular los directorios territoriales e inspectores de trabajo.
Parágrafo: Los responsables del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo son las personas determinadas para estos efectos por el empleador, de conformidad con lo establecido en el numeral 10° del artículo 2.2.4.6.8. del Decreto 1072 de 2015.
CODIGO 1869790
Actualización en Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST:
TENER PRESENTE PARA ESTE CURSO VIRTUAL DE 20 HORAS
1- TENER VENCIDO EL CURSO DE 50 HORAS DEL SGSST
NOTA: Es un curso complementario del SG-SST si usted no lo tiene vencido no se inscriba , es de estricto cumplimiento evidenciar su certificado vencido al instructor en el momento de iniciar las clases , si no cuenta con el no puede continuar en el proceso de FORMACIÓN
Circular 063 de 2020 Y Resolución 4927 de 2016:
La Resolución 4927 de 2016 establece en su artículo 16 que el curso virtual de 50 horas en el SGSST tiene una vigencia de 3 años y que pasado este tiempo, se debe realizar un curso de 20 horas en el SGSST.
A partir de la Circular 063 de 2020, el Ministerio del Trabajo reglamentó los temas del curso de 20 horas SG-SST
¿Qué es el curso de 20 horas SG-SST?
El curso de 20 horas del SG-SST es una capacitación de refuerzo, obligatoria cada 3 años para los responsables del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en Colombia.
Su obligatoriedad está reglamentada en el artículo 2.2.4.6.35 del Decreto 1072 de 2015, la Resolución 4927 de 2016 y la Circular 063 de 2020.


El sistema le pedirá que digite un código de empresa, el
cual para esta inscripción es el siguiente: 1869787

Buenas tardes, por favor me pueden ayudar para poderme inscribir el curso de actualización del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo SGSST de 50 y actualización 20 horas, por motivo que la página genera error y no permite tomar la inscripción, gracias por su pronta respuesta.
Gloria no hay error , revisa bien, solo se toma 1 uno solo el de 50 horas , el de 20 es cuando el de 50 este vencido, este se vence a los 3 años