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FONDO DE RIESGOS LABORALES

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Funciones

Son funciones de la Dirección de Derechos Fundamentales del Trabajo, las cuales se ejercerán en el marco de las normas legales y tratados o convenios internacionales vigentes, las siguientes:

  1. Proponer, dirigir y coordinar las políticas sobre protección de las condiciones del trabajo, salarios y prestaciones, relaciones individuales y colectivas del trabajo, cumplimiento de los derechos fundamentales del trabajo y los que se derivan de su ejercicio, en coordinación con las demás entidades competentes.
  2. Proponer, dirigir y coordinar las políticas en materia de regulación laboral y formas de vinculación laboral.
  3. Asesorar en la definición de políticas, planes y programas para dar cumplimiento a las normas reguladoras de los derechos fundamentales, individuales, colectivos y de seguridad en el trabajo, con particular atención en las poblaciones vulnerables.
  4. Dirigir propuestas que desarrollen los convenios y tratados internacionales en materia de derechos fundamentales del trabajo.
  5. Proponer y ejecutar planes y programas que contribuyan a garantizar el derecho de asociación.
  6. Promover la defensa de los derechos de los trabajadores, con el fin armonizar las relaciones laborales.
  7. Proponer políticas, normas, programas, procedimientos, estudios y acciones, para prevenir y erradicar el trabajo infantil, y en especial sus peores formas.
  8. Proponer normas y procedimientos con enfoque diferencial de género buscando garantizar los derechos de la mujer, la maternidad y procurar el mejoramiento de sus condiciones de trabajo para elevar su calidad de vida.
  9. Proponer normas y procedimientos con el objeto de lograr el mejoramiento de sus condiciones de trabajo y respeto de los derechos fundamentales a los jóvenes trabajadores, personas con discapacidad, poblaciones Indígenas, Rom, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, adultos mayores, trabajadores sexuales, población LGBTI, y en general todas aquellas comunidades que por su situación o condición puedan verse discriminadas o vulneradas, con énfasis en el sector rural.
  10. Proponer mecanismos para la promoción y aplicación de las normas laborales, utilizando los estándares internacionales de responsabilidad social.
  11. Establecer y desarrollar programas, estudios, estrategias e indicadores que permitan dar aplicación y hacer seguimiento al cumplimiento de los principios que enmarcan el trabajo decente.
  12. Proponer programas, estudios y acciones que permitan coordinar, con las autoridades competentes, la promoción y garantía del respeto de los derechos humanos de los trabajadores y empleadores.
  13. Dirigir y diseñar, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información TIC, Y demás entidades competentes, un sistema de información que permita la identificación, registro y seguimiento de la oferta de servicios y atención de las niñas, niños y adolescentes trabajadores del país.
  14. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.
  15. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

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