Fuente : JURISCOL

Cuando existe un padecimiento mental, las empresas deben solicitar permiso al inspector de trabajo para
proceder a la calificación de la justa causa del despido, pues los trabajadores con ese tipo de diagnóstico gozan de estabilidad laboral reforzada por razones de salud. Así lo reiteró el alto tribunal constitucional,
luego de estudiar un proceso de tutela referente a una trabajadora de una entidad financiera que fue
despedida después de 23 años de servicio, aunque tal banco conocía que ella padecía un trastorno de
ansiedad crónico que generaba una situación de debilidad manifiesta. Además de tutelar los derechos al trabajo, mínimo vital, salud, seguridad social y estabilidad reforzada de la accionante, la corporación ordenó el reintegro y pago de salarios y prestaciones, mientras el juez laboral resuelve definitivamente la
controversia.

Sentencia T-424/22 👇🏼👇🏼👇🏼

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