ESTRUCTURA LEGAL TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

Más videos grabados Sobre este gran tema…sigue bajando

DAR CLIC SOBRE LA IMAGEN , ALLÍ ESTÁ EL ENLACE INCRUSTADO DE TEAMS

????

OBSERVA DESPUÉS DE ESTOS BOTONES DE REDES SOCIALES

CONTINÚA OBSERVANDO NUESTROS ARTICULOS EN REDES SOCIALES COMO:

????

????
????

VISITA NUESTRA WEB TODOS LOS DIAS , ASI ENCUENTRAS LAS GRABACIONES DIARIAS
????

Ayuda a replicar nuestros links de seguridad y salud en el trabajo para llegar a más colegas , gracias.

????

CLIC SOBRE LA FOTO , ESPERA QUE CARGUE EL ENLACE Y PUEDE VER TU VIDEO GRABADO

????

GUARDA ESTE SITIO WEB

Agradece compartiendo el mismo enlace de nuestro portal para sostenerlo y llegar a más colegas.
La gratitud y la ayuda mutua son como el sol, iluminan y calientan el corazón de todos. ¡Sigamos compartiendo y ayudándonos para que todos podamos beneficiarnos juntos! 😊🌞

RESOLUCIÓN 4272 DE 2021

Trabajo en alturas: Actividad que realiza un trabajador que ocasione la suspensión y/o desplazamiento, expuesto a riesgo de caída, mayor a 2.0 metros, con relación del plano de los pies del trabajador al plano horizontal inferior más cercano a él.

Se debe llevar a cabo un proceso de identificación de peligros, valoración de riesgos e implementación de controles, siguiendo estándares nacionales o internacionales, garantizando siempre la seguridad de las personas que realizan la actividad.

En Colombia 1.283 personas murieron en los dos últimos años realizando trabajos en alturas – Estudio 2019

APLICACIÓN:

TODOS los empleadores contratantes, contratistas, aprendices y trabajadores de TODAS las actividades económicas que DESARROLLEN trabajo en alturas, asi como ARL y Centros de Entrenamiento.

INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL: ART. 66 MULTAS: Decreto 472 de 2015, criterios de
graduación multas por infracción a las normas SST Y RIESGOS LABORALES
Ley 1562 de 2012, Art. 13 y 30

OBLIGACIONES EMPLEADOR:
a. Evaluaciones médicas ocupacionales
b. Incluir el P de P&P contra caídas, dentro del SG SST.
c. Disponer y mantener de un administrador del P de P&P contra caídas, y un coordinador de alturas.
d. Suministrar los EPP para trabajo en alturas.
e. Verificar que los procesos de capacitación y entrenamiento sean realizados por proveedores autorizados, y que se cumpla la intensidad horaria.

f. Garantizar la divulgación de actividades y/o los procedimientos de trabajo en alturas, antes de iniciar
labores.
g. Constatar que los equipos y sistemas usados en P&P contra caídas sean inspeccionados por lo menos 1 vez al año.
h. Conservar los registros de las revisiones y del mantenimiento que se practiquen a los sistemas y equipos para trabajo en alturas.

i. Desarrollar los planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias y procedimientos de rescate en alturas documentados, y disponer de recursos humanos, técnicos , y equipos necesarios para asegurar la respuesta en eventos de emergencia.
j. Garantizar que los menores de edad y mujeres embarazadas en cualquier tiempo de gestación no
realicen trabajo en alturas.

k. Verificar que sus contratistas cumplan con lo establecido en la R. 4272, incluyendo su SG SST. Supervisar la aplicación de los procedimientos, las medidas de seguridad y salud de los trabajadores y contratistas.
El empleador será solidario en los accidentes que se llegaran a ocasionar por la no implementación de estas medidas, por parte del contratista.

l. Exigir a los fabricantes y proveedores de equipos de protección contra caídas, que las fichas técnicas, manuales de usuario o de mantenimiento y procedimientos, estén en español.
m. Asegurar que las fichas técnicas y manuales de usuario sean comprendidos por los trabajadores a quienes van dirigidos.

n. En caso de construcciones nuevas, es responsabilidad del constructor realizar durante las etapas de estudios y diseños y planeación, la adopción de estrategias de P&P contra caídas, y asegurarse que al entregar al servicio las nuevas construcciones, estas cuentan con las facilidades para la seguridad en materia de TA, para futuras actividades de mantenimiento.

o. Asegurar la compatibilidad de los componentes del sistema de protección contra caídas, para ello debe
evaluar o probar completamente, si el cambio o modificación de un sistema cumple con el estándar, a
través del Coordinador de TA, o si hay duda, se debe informar al responsable del SG SST, para gestionar la aprobación de una persona calificada.

p. Cualquier empleador que requiera contratar actividades de TA, deberá asumir el costo de la capacitación del trabajador dando aviso a la ARL a la cual se encuentra afiliado.

OBLIGACIONES TRABAJADOR:
a. Asistir y aprobar las capacitaciones y reentrenamientos.
b. Cumplir todos los procedimientos SST.
c. Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones para TA.
d. Utilizar las medidas de P&P contra caídas.
e. Reportar al Coordinador de TA, el deterioro, mal estado o daño, de los sistemas individuales o colectivos de protección contra caídas.

f. Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de TA, y acatar las recomendaciones del mismo.
g. Conocer los peligros y controles que se han definido para realizar el TA, así como las acciones en caso de emergencia.
h. Garantizar su seguridad y salud y la de otras personas que puedan verse afectadas por sus actos u omisiones en el trabajo.

OBLIGACIONES ARL:
a. Realizar actividades de prevención, asesoría y evaluación de riesgos de TA.
b. Llevar registros de todos los trabajadores afiliados a la ARL, expuestos a riesgo de caída por TA.
c. Llevar registros de accidentalidad que se genere por TA, de sus afiliados.
d. Ejercer vigilancia y control en la prevención de riesgos de TA

OBLIGACIONES ARL:
e. Participar en la investigación de AT de sus afiliados, relacionados con TA, que por su complejidad y consecuencia grave en el trabajador, requiera la revisión de la competencia obtenida por este, a través del proceso de capacitación y entrenamiento en TA, impartido por el oferente y que debió ser verificado por su aportante.
f. Asesorar al empleador, en la compra y adquisición de EPP para TA

g. Elaborar, publicar y divulgar guías técnicas por actividades económicas para la aplicación de la R. 4272,
las cuales deben ser revisadas y autorizadas por el Ministerio del Trabajo.

CLIC AL VÍDEO

https://sst-safework.com/index.php/2023/06/10/cartilla-derecho-disciplinario-pdf/

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *