Fuente : JURISCOL
Al revisar los fallos proferidos en procesos disciplinarios que declararon no probado el acoso sexual presuntamente cometido por un servidor público y lo absolvieron de esa conducta, la Corte encontró que se vulneraron los derechos a la igualdad, el debido proceso, el acceso a la justicia y a vivir una vida libre de violencias de una persona, por cuanto las decisiones de las autoridades demandadas no aplicaron la perspectiva de género e ignoraron la trascendencia de los hechos que denunció la víctima y las obligaciones superiores que las vincula frente a la lucha contra la violencia de género. La corporación reiteró que las prácticas institucionales que confirman patrones de desigualdad, discriminación y violencia contra las mujeres revictimizan a esta población, particularmente, cuando se evalúan elementos probatorios sin atender dicho enfoque.
👇🏼👇🏼👇🏼
CONTINUA BAJANDO PARA LA DESCARGA 👇🏼👇🏼👇🏼👇🏼
CONTINÚA OBSERVANDO NUESTROS ARTICULOS EN REDES SOCIALES COMO: 👇🏼👇🏼👇🏼👇🏼
- ALTURAS (20)
- CARTILLAS (9)
- CHARLAS CON ARL POSITIVA (20)
- CHARLAS MINTRABAJO (6)
- CHARLAS SST Y RELACIONADAS (34)
- CURSOS SENA VIRTUAL (39)
- DECRETOS (31)
- FENÓMENOS NATURALES (1)
- FORMATOS (70)
- GUIAS EN GENERAL (3)
- HERRAMIENTAS MAQUINAS EQUIPOS (1)
- INFORMACION FINANCIERA (2)
- LEYES (9)
- LIBROS (2)
- MANUALES EN GENERAL (3)
- NFPA (1)
- NORMAS ANSI (4)
- NOTICIAS (11)
- NTC -ISOS (3)
- OFERENTES CURSO DE 50 Y 20 HORAS (2)
- OFERTAS LABORALES (1)
- PELIGROS FISICOS (2)
- PSICOSOCIAL (2)
- QUIMICOS (3)
- RESOLUCIONES (24)
- SENTENCIAS (2)
- SG-SST (20)
- Uncategorized (36)
- PESV (16)
