Fuente : JURISCOL

Al revisar los fallos proferidos en procesos disciplinarios que declararon no probado el acoso sexual presuntamente cometido por un servidor público y lo absolvieron de esa conducta, la Corte encontró que se vulneraron los derechos a la igualdad, el debido proceso, el acceso a la justicia y a vivir una vida libre de violencias de una persona, por cuanto las decisiones de las autoridades demandadas no aplicaron la perspectiva de género e ignoraron la trascendencia de los hechos que denunció la víctima y las obligaciones superiores que las vincula frente a la lucha contra la violencia de género. La corporación reiteró que las prácticas institucionales que confirman patrones de desigualdad, discriminación y violencia contra las mujeres revictimizan a esta población, particularmente, cuando se evalúan elementos probatorios sin atender dicho enfoque.

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